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Senadores aprueban adenda No. 3 que garantiza no se toquen áreas protegidas en Pedernales; se hace al Fideicomiso Pro-Pedernales

Teofilo Bonilla by Teofilo Bonilla
8 de febrero de 2023
in Nacionales
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Senadores aprueban en primera lectura el Código Penal pero sin las tres causales para el aborto; iniciativa es de interés nacional
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SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó este miércoles en única discusión la adenda No. 3 suscrita entre el Estado dominicano y la Fiduciaria Reservas, S. A., al Contrato de Fideicomiso para el desarrollo turístico de la provincia Pedernales (Fideicomiso Pro-Pedernales).

La pieza, procedente del Poder Ejecutivo, tuvo 24 votos favorables y 3 contrarios y vuelve a su punto de origen para su promulgación u observación.

La adenda No. 3 fue suscrita el pasado 14 de enero de 2021 y ya fue sancionada por los diputados.

El presidente de la República, Luis Abinader, explicó que remitió dos modificaciones a la referida adenda No. 3 relativas a las cláusulas cuarta y sexta.

Añade que esos últimos cambios se realizaron “con el fin expreso de evitar la inclusión dentro del conjunto de inmuebles a ser explotados turísticamente de cualquier porción declarada legalmente como área protegida, asegurando con ello nuestro compromiso con la protección del medioambiente y de un desarrollo sostenible».

La modificación a la adenda No. 3 al contrato de Fideicomiso Pro-Pedernales fue suscrita por Sigmund Freund Mena, director ejecutivo de Alianzas Público-Privadas (DGAPP, como fideicomitente en representación del Estado dominicano y por Andrés Vander Horst Álvarez, gerente general de Fiduciaria Reservas y gestor fiduciario.

El acto está avalado por el abogado notario público Ramón de Jesús Mora Reyes.

Modificaciones
Los últimos cambios realizados relativos a la cláusula cuarta incluyen en el primero de los tres inmuebles aportados al fideicomiso que este “será objeto de un proceso de subdivisión por ante la Jurisdicción Inmobiliaria para excluir el polígono comprendido dentro del Paisaje Protegido Playa de Cabo Rojo-Pedernales”.

Se trata del inmueble identificado con la designación catastral No. 291886569074.

Mientras que fue modificado el párrafo VII de la cláusula sexta que establece “queda entendido entre las partes que los Inmuebles a ser aportados al Fideicomiso Pro-Pedernales no incluyen dentro de sus linderos, ni de forma total ni parcial, terrenos que formen parte del Parque Nacional Jaragua, Parque Nacional Sierra de Bahoruco, Área Nacional de Recreo Cabo Rojo Bahía de las Águilas con sus cuatro polígonos: Playa de Cabo Rojo-Pedernales, Bahía de las Águilas, Playa Larga y Playa Blanca”.

Indica la enmienda, que no se incluirá ninguna área protegida y que se declaran que aquellos inmuebles localizados en las parcelas a ser aportadas a Pro-Pedernales serán sometidos a un proceso de subdivisión en la jurisdicción inmobiliaria.

Todo lo anterior, previo o en conjunto al aporte de dichos inmuebles al patrimonio fideicomitivo y que deben mantenerse en todo caso los terrenos ubicados dentro de las áreas protegidas excluidas del patrimonio fideicomitivo.

Proyecto de ley Fideicomiso Público
El proyecto establece, en su artículo 14, que los procesos de compras y contrataciones a cargo del patrimonio fideicomitivo se hagan de conformidad con lo que establece la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas, Obras, Concesiones y sus modificaciones.

Además, que cada fideicomiso público debe elaborar su reglamento interno de contrataciones públicas que contenga los requerimientos y estándares internacionales necesarios.

Además, en su artículo 15, consigna que todas las informaciones contenidas en el contrato de fideicomiso o en cualquier otro acto sujeto a registro público o a cualquier otra información que debe hacerse pública, en virtud de la ley, deberán ser reveladas por el fideicomitente a través de su Oficina de Acceso a la Información Pública, según lo que establece la Ley de Libre Acceso a la Información Pública.

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