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CNSS establece cómo se calculará el subsidio por enfermedad para trabajadores con más de un empleo

Redacción by Redacción
4 de agosto de 2026
in Destacadas, Nacionales, Salud
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CNSS establece cómo se calculará el subsidio por enfermedad para trabajadores con más de un empleo
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SANTO DOMINGO.-El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) estableció el mecanismo para calcular y distribuir el Subsidio por Enfermedad Común a los trabajadores que mantienen más de un empleo, mediante la Resolución 641-04, aprobada el pasado 30 de julio.

La nueva disposición establece que, en los casos de pluriempleo, el subsidio se calculará tomando como base el promedio de los salarios devengados durante los últimos seis meses en cada uno de los empleos activos, hasta un límite de diez salarios mínimos nacionales.

El beneficio equivaldrá al 60 % del promedio salarial cuando el trabajador reciba atención ambulatoria y al 40 % cuando permanezca hospitalizado. El monto será distribuido de forma proporcional entre los distintos empleadores, según el último salario percibido en cada empresa.

La resolución también dispone que cada empleador será responsable de tramitar la solicitud del subsidio. En los casos en que la incapacidad solo afecte una de las actividades laborales del trabajador, el beneficio será reconocido únicamente por ese empleo.

Subsidio podrá extenderse hasta 26 semanas

El Subsidio por Enfermedad Común está dirigido a trabajadores que sufran una incapacidad temporal por enfermedad no profesional, accidente no laboral o una condición relacionada con el embarazo.

La prestación comenzará a pagarse a partir del cuarto día de incapacidad y podrá extenderse hasta un máximo de 26 semanas, equivalentes a 182 días.

Para acceder al beneficio, el trabajador deberá notificar a su empleador y presentar el certificado médico correspondiente, mientras que la empresa deberá gestionar la solicitud a través de la plataforma de la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril).

Subsidios de maternidad y lactancia no cambian

La resolución mantiene sin modificaciones los subsidios de maternidad y lactancia.

El subsidio por maternidad continuará cubriendo las 14 semanas de licencia establecidas por ley y equivaldrá al salario cotizable de la trabajadora, siempre que cumpla con los requisitos del Régimen Contributivo.

Asimismo, el subsidio por lactancia seguirá otorgándose durante los 12 meses posteriores al parto. El beneficio será equivalente al 33 % del salario promedio para quienes ganan hasta un salario mínimo nacional; 12 % para quienes perciben hasta dos salarios mínimos, y 6 % para las trabajadoras con ingresos de hasta tres salarios mínimos. En caso de parto múltiple, el subsidio se otorgará por cada hijo nacido.

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