SAN CRISTOBAL.- Cuando ocurrió la explosión que devastó parte del antiguo mercado de San Cristóbal, el 14 de agosto de 2023, el espacio donde anteriormente funcionaba Vidal Plast ya no estaba bajo control de esa empresa, sino que se encontraba bajo posesión de entidades públicas y vinculado a trabajos para la construcción de un estacionamiento, según establece la sentencia definitiva del proceso.
La Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de San Cristóbal determinó que Vidal Plast había sido desalojada del inmueble el 6 de enero de 2023, más de siete meses antes de la tragedia, y que posteriormente trasladó sus operaciones a otra ubicación.
Entre las pruebas valoradas por el tribunal figura un acta notarial en la que se hizo constar que los locales del antiguo mercadito estaban cerrados para demolición y que el terreno se encontraba en posesión del Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Fideicomiso Parquéat_RD.
El documento fue presentado por la defensa para sustentar que en el área se desarrollaban trabajos relacionados con un proyecto de estacionamiento.
Vidal Plast ya había sido desalojada
De acuerdo con la documentación incorporada al proceso, el desalojo de Vidal Plast ocurrió el 6 de enero de 2023.
Posteriormente, la empresa inició acciones judiciales contra el Ayuntamiento de San Cristóbal por la pérdida de la posesión del inmueble, pero desistió de esos procesos luego de alcanzar un acuerdo con las autoridades municipales.
También fue incorporada una carta de compromiso fechada el 13 de enero de 2023, mediante la cual el Ayuntamiento y los comerciantes desalojados acordaron la entrega de espacios en nuevas edificaciones.
Para el tribunal, estos documentos corroboraron que Vidal Plast ya no ocupaba regularmente el antiguo mercado al momento de la explosión.
La defensa presentó además testimonios y documentos relacionados con el retiro de maquinarias del establecimiento durante marzo de 2023, así como comprobantes del alquiler de una nave en el Parque Industrial PISAN meses antes de la tragedia.
La sentencia concluyó que los acusados habían sido desalojados y que Vidal Plast había trasladado sus operaciones.
Vehículos vinculados a los trabajos en el área
El expediente también incluyó certificaciones de vehículos y fotografías tomadas los días 13 y 14 de agosto de 2023.
Entre los vehículos identificados figuraban unidades registradas a nombre del Ministerio de Obras Públicas, el Consorcio Rilco & Asociados y Transporte Danacro, S.R.L.
El tribunal valoró esas pruebas junto con el acta notarial que situaba los terrenos bajo posesión del Ayuntamiento, Obras Públicas y el fideicomiso encargado del proyecto de estacionamiento.
La sentencia, sin embargo, no establece que esas instituciones, el fideicomiso o las empresas que realizaban trabajos en el lugar hayan provocado la explosión. Tampoco determina que las labores de demolición o construcción fueran la causa del siniestro.
Lo que sí establece el fallo es que Vidal Plast había sido desalojada, que sus operaciones fueron trasladadas y que el inmueble se encontraba bajo otra administración cuando ocurrió la tragedia.
Ese elemento fue determinante para cuestionar uno de los componentes de la acusación del Ministerio Público, que sostenía que los propietarios de Vidal Plast mantenían el control del lugar y de los materiales que supuestamente originaron la explosión.
La acusación señalaba que en el inmueble permanecían materiales y sustancias químicas, entre ellas un peróxido orgánico al que los investigadores atribuyeron inicialmente la explosión. Sin embargo, el tribunal concluyó que esa relación no pudo ser demostrada más allá de toda duda razonable.
La jueza Wilma Altagracia Cuello García finalmente absolvió a Edward Armando Vidal Garrido, Maribel Sandoval Almánzar de Vidal, Mercedes Altagracia Vidal Sandoval y Vidal Plast, S.R.L., al considerar insuficientes las pruebas presentadas por el Ministerio Público para establecer su responsabilidad penal.



