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Senado aprueba en segunda lectura Ley Orgánica de Seguridad y Defensa Nacional y Ley que regulaVigilancia de Seguridad Privada

Teofilo Bonilla by Teofilo Bonilla
23 de julio de 2020
in Nacionales
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Senado conoce resolución que establece estado de emergencia por 45 con el fin de detener avance del coronavirus

Los senadores aprobaron este domingo la resolución que declara el estado de emergencia por 45 días, tal como la aprobaron el pasado viernes los diputados.

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SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó este jueves en segunda lectura el proyecto de Ley Orgánica de Seguridad y Defensa Nacional, así como la Ley que regula la Vigilancia de Seguridad Privada.

El objetivo de la normativa es regular la naturaleza, finalidad, funciones y estructura del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, a fin de que se adapte efectiva y eficientemente a los recursos con que cuenta el Estado, de conformidad con sus atribuciones, y de los ciudadanos, acorde con sus deberes constitucionales para asegurar en condiciones de igualdad, la seguridad y la defensa nacional.

El proyecto señala en su primer considerando que la Constitución Dominicana establece que es función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas.

Otra iniciativa aprobada por los senadores es la que regula la Vigilancia de Seguridad Privada, también igual que la primera, de la autoría del senador por la provincia Elías Piña, Adriano Sánchez Roa.

Esta ley limita el uso de las armas al tiempo en servicio, castiga el uso de armas irregulares, dispone que no debe tener 70 años de edad para desempeñar el trabajo, exige el haber cursado como mínimo el octavo grado, deberán estar entrenados y no ser extranjeros ilegales.

Asimismo crea un marco jurídico para los servicios de vigilancia y protección privada, transporte de dinero y valores, tecnología de seguridad electrónica, asesoría, consultoría e investigación en seguridad, blindaje, servicio de autoprotección y detectives Privados.

Ley que regula la Vigilancia y Seguridad Privada
La pieza legislativa tiene como objetivo establecer el marco jurídico de la prestación de los servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional, así como instituir el ente público que tiene a su cargo las actividades de regulación, inspección, vigilancia y fiscalización de esos servicios.

La iniciativa, crea, además, un marco jurídico para los servicios de vigilancia y protección privada, transporte de dinero y valores, tecnología de seguridad electrónica, asesoría, consultoría e investigación en seguridad, blindaje, servicio de autoprotección y detectives Privados.

También, se instituye la Superintendencia como ente público que tendrá a su cargo la regulación, inspección, vigilancia y fiscalización de esos servicios, y la que tendrá la autoridad de habilitar a las empresas, y acogiendo el Código de Trabajo para proteger los derechos de los trabajadores.

Sánchez Roa, proponente de la pieza, explicó que todos los servicios y actividades de vigilancia y seguridad privada, sin excepción alguna, están obligados a contribuir en la preservación de la seguridad ciudadana y del orden público, por lo que tienen que colaborar con la Policía Nacional y demás autoridades, a fin de garantizar la seguridad para la vida y los bienes de las personas.

La Superintendencia contará con una Junta Directiva, como órgano superior, y quedará integrada por cinco miembros con voz y voto: El Ministro de Defensa, quien la presidirá; Ministro de Interior y Policía; Ministro de Trabajo; Procurador General de la República; y el Ministro de Salud Pública. El Superintendente participará, pero sin voto.

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