Publicidad Junta Central ElectoralPublicidad Junta Central ElectoralPublicidad Junta Central Electoral
  • Acerca de
  • Contacto
  • Acceso
jueves, septiembre 17, 2026
Parámetro Nacional
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Política
  • Deportes
  • Economía
  • Actualidad
  • Arte y Cultura
  • Justicia
  • Policiales
  • Salud
  • Tecnología
  • Denuncias
  • Opinión
    • Editorial
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Política
  • Deportes
  • Economía
  • Actualidad
  • Arte y Cultura
  • Justicia
  • Policiales
  • Salud
  • Tecnología
  • Denuncias
  • Opinión
    • Editorial
No Result
View All Result
Parámetro Nacional
No Result
View All Result

Consultor Jurídico afirma Gobierno durante pandemia ha actuado apegado a la legalidad

Redacción by Redacción
16 de junio de 2020
in Sin categoría
0
FacebookTwitterWhatsAppCorreo

SANTO DOMINGO.- El Consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, aseguró este martes que durante la pandemia del coronavirus, el Gobierno dominicano, ha actuado apegado estrictamente a la legalidad.

El doctor  Flavio Darío Espinal,  en declaraciones sobre la validez de la última prórroga del estado de emergencia, explicó que todas las medidas restrictivas de circulación y aglomeración de personas que se han tomado en el marco del estado de emergencia, han sido las recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otros organismos especializados.

Recordó al país que el COVID-19 se trata de “una pandemia que está causando estragos alrededor del mundo” por lo que las decisiones del Estado han sido totalmente razonables, pues son las mismas que sehan adoptado en decenas de países que han sido impactados por el virus.

No existe absolutamente nada en la Constitución o la ley que pueda ni remotamente dar Lugar a la interpretación de que una prórroga no puede exceder el plazo otorgado en la prorroga anterior.

No es cierto que el plazo de la Ultima prorroga no podía exceder los dote días de la prorroga anterior. Esa es una interpretación completamente errónea. La Ley num. 21-18 regula este aspecto de la siguiente manera: 1) le corresponde al Congreso Nacional establecer el plazo de duración del estado de emergencia; 2) el Poder Ejecutivo puede solicitar al Congreso Nacional tantas prorrogas como sea necesario; y 3) determina que el plazo de tales prorrogas no puede exceder del plazo originalmente autorizado por el Congreso Nacional.

En consecuencia, en República Dominica No existe prórroga de la prórroga, sino prorroga o prorrogas al estado de excepción, el cual representa una continuidad temporal que se extiende desde su declaratoria hasta su levantamiento.

Subrayó que el Congreso Nacional como el Poder Ejecutivo han actuado apegados a la Constitución y a la Ley num. 21-18, sobre regulación de los estados de excepción, cuando el primero autorizó y el segundo declaró mediante el Decreto num. 213-20 la prórroga del estado de emergencia por 17 días a partir de este 14 de junio.

No es cierto que el plazo de la Ultima prorroga no podía exceder los dote días de la prorroga anterior. Esa es una interpretación completamente errónea.

La Ley num. 21-18 regula este aspecto de la siguiente manera: 1) le corresponde al Congreso Nacional establecer el plazo de duración del estado de emergencia; 2) el Poder Ejecutivo puede solicitar al Congreso Nacional tantas prorrogas como sea necesario; y 3) determina que el plazo de tales prorrogas no puede exceder del plazo originalmente autorizado por el Congreso Nacional.

Sobre esto último, el Párrafo I del artículo 28 de la citada ley establece textualmente que: La prórroga concedida no podría exceder del tiempo ya autorizado para cada estado de excepción de que se trate.

Cuando esta disposición hace referencia al tiempo ya autorizado para toda estado de excepción evidentemente alude a la autorización de su declaratoria, pues las prórrogas son meras extensiones temporales y no pueden considerarse como figuras independientes al estado de excepción en sí.

En consecuencia, en República Dominica No existe prórroga de la prórroga, sino prorroga o prorrogas al estado de excepción, el cual representa una continuidad temporal que se extiende desde su declaratoria hasta su levantamiento.

De todo esto se desprende el hecho de que el plazo de referencia para autorizar las prórrogas del estado de emergencia debe ser el otorgado originalmente, el cual fue de 25 días en virtud de la Resolución num. 62-20 del Congreso Nacional.

No existe absolutamente nada en la Constitución o la ley que pueda ni remotamente dar Lugar a la interpretación de que una prórroga no puede exceder el plazo otorgado en la prorroga anterior.

Por otra parte, al solicitar el estado de excepción y sus prórrogas, el presidente de la República se ha guiado por tres principios básicos: primero, procura un fin legítimo que consiste en preservar la salud y la vida de los dominicanos ante el impacto del COVID-19, pandemia que está causando estragos alrededor del mundo.

Adujo que las medidas adoptadas son proporcionales al fin perseguido ya que lo que se ha procurado es el distanciamiento social como la medida más efectiva para prevenir la propagación del virus según la recomendación de los más calificados expertos nacionales e internacionales; y tercero, son medidas razonables pues son las mismas que se han adoptado en decenas de países que han sido impactados por la pandemia.

Las medidas restrictivas de circulación y aglomeración de personas que el Gobierno dominicano ha adoptado en el marco del estado de emergencia han sido las recomendadas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y otros organismos especializados. El Gobierno las ha ido modulando y flexibilizando en tanto las circunstancias lo han permitido y en función de las recomendaciones de los expertos.

ÚLTIMAS NOTICIAS


Ángel Martínez busca acuerdo con Faride Raful para declararse culpable en juicio por difamación

Salas hace historia con sus primeros 2 HR y Padres se afianzan en el 3er Comodín

Cerca de 90 personas aspiran a seis plazas en la Suprema Corte de Justicia

NFL: Kyrie Irving ofrece pagar multa de Al-Shaair por protesta

PCA fortalece su candidatura al JMV con otra noche de múltiples jonrones ante Bravos

Rays ven caer a Yankees y amplían su ventaja en el Este con su 5to triunfo al hilo

Judge abandona juego de los Yankees por rigidez en la pierna derecha

Lesión de Snell (ingle) altera los planes de Dodgers tras su salida prematura

Cerveceros celebran título divisional con su 95ta victoria, la mayor cantidad en G.L.

Policía mata a dos hombres señalados por su vinculación con ataque donde murió Diddy Glow

Investigador del INTEC advierte que El Niño obliga a repensar la gestión del agua en RD

Parámetro Nacional

Cualquier medio informativo, radial, escrito o televisado puede reproducir total o parcialmente cualquier noticia, comentario u otro texto publicado por ParamentroNacional.com, siempre y cuando dé el correspondiente crédito a este medio.
Una producción de Servicios de imagen, Información, Relaciones Públicas y Prensa (SIRPRENSA).

  • Acceso
  • Términos & condiciones
  • Contacto

Copyright © 2020-2024 SIRPRENSA | Derechos Reservados | Desarrollado por EVOLDESIGN NETWORK, SRL..

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Política
  • Deportes
  • Economía
  • Actualidad
  • Arte y Cultura
  • Justicia
  • Policiales
  • Salud
  • Tecnología
  • Denuncias
  • Opinión
  • Editorial

Copyright © 2020-2024 SIRPRENSA | Derechos Reservados | Desarrollado por EVOLDESIGN NETWORK, SRL..