Publicidad Junta Central ElectoralPublicidad Junta Central ElectoralPublicidad Junta Central Electoral
  • Acerca de
  • Contacto
  • Acceso
miércoles, septiembre 16, 2026
Parámetro Nacional
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Política
  • Deportes
  • Economía
  • Actualidad
  • Arte y Cultura
  • Justicia
  • Policiales
  • Salud
  • Tecnología
  • Denuncias
  • Opinión
    • Editorial
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Política
  • Deportes
  • Economía
  • Actualidad
  • Arte y Cultura
  • Justicia
  • Policiales
  • Salud
  • Tecnología
  • Denuncias
  • Opinión
    • Editorial
No Result
View All Result
Parámetro Nacional
No Result
View All Result

Sentencia del TC propina un varapalo al MP y redefine alcance del Estado de derecho

Redacción by Redacción
23 de febrero de 2026
in Justicia, Nacionales
0
Tribunal Constitucional confirma fallos SCJ contra Aeropuerto de Bávaro

Tribunal Constitucional

FacebookTwitterWhatsAppCorreo

 

 

SANTO DOMINGO.- La Sentencia 54/26 dejó sentado que la revisión constitucional no convierte al TC en una nueva instancia para reexaminar hechos ni para revalorar pruebas

La sentencia TC/0054/26, que confirmó la absolución de los únicos acusados por el escándalo Odebrecht, propina de paso un varapalo al Ministerio Público y contiene importantes implicaciones para el Estado de derecho y la aplicación de la justicia en la República Dominicana.

El Tribunal Constitucional rechazó el recurso de revisión interpuesto por la PEPCA contra la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en el caso Odebrecht, consolidando así las absoluciones dictadas a favor de varios imputados y fijando límites claros al poder persecutor.

El fallo, adoptado el 19 de febrero de 2026, respalda la actuación de la Segunda Sala de la Suprema Corte, que había confirmado el descargo de Conrado Enrique Pittaluga y dictado absolución para Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón, al considerar insuficientes las pruebas presentadas por el órgano acusador.

El Tribunal Constitucional dejó sentado que la revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales no convierte al TC en una nueva instancia para reexaminar hechos ni para revalorar pruebas. Su función —precisó— es verificar que se haya respetado el debido proceso, la tutela judicial efectiva y la motivación razonable de las decisiones.

Con ello, el TC rechazó los argumentos del Ministerio Público, que alegaba contradicción de motivos, errónea valoración probatoria y violación del principio de igualdad.

Inocencia intacta
Uno de los puntos neurálgicos del fallo es la reafirmación del estándar de prueba «más allá de duda razonable». El Tribunal sostuvo que las pruebas aportadas no lograron destruir la presunción de inocencia de los imputados.

En el caso de Pittaluga, se valoró que existían contratos formales de consultoría vinculados al proyecto Autopista del Coral y que no se demostró que los pagos recibidos constituyeran sobornos ni que hubiesen sido canalizados hacia funcionarios públicos.

El TC respaldó la conclusión de la Suprema Corte: no basta con una narrativa general sobre esquemas de corrupción; se requiere prueba concreta e individualizada que acredite el ilícito.

Aunque se repita la continuidad del Estado, la decisión del TC afecta a cesaciones formuladas por la procuraduría general bajo Jean Alain Rodríguez, hoy bajo juicio por corrupción. Pero el recurso de casación y la acción frente al TC fue conducida por los actuales fiscales, Wilson Manuel Camacho Peralta, procurador adjunto a la Procuraduría General de la República; Mirna Ortiz Fernández, procuradora general de corte de apelación; José Miguel Marmolejos y Wagner V. Cubilete García, procuradores fiscales

Igualdad no es uniformidad
El Ministerio Público sostuvo que hubo trato desigual porque, con pruebas similares, algunos imputados fueron condenados en instancias anteriores y otros absueltos. El Tribunal Constitucional respondió que la igualdad procesal implica igualdad de armas y oportunidades, no identidad automática de resultados.

Cada imputado —indicó— debe ser evaluado conforme a la prueba específica que lo vincule con los hechos.

La sentencia también delimita el alcance del recurso de casación. Recordó que no es un nuevo juicio ni permite introducir hechos distintos a los ya fijados por la corte de apelación. En consecuencia, la Suprema Corte actuó dentro de sus competencias al decidir sobre la base de los hechos establecidos.

Más allá del caso concreto, TC/0054/26 envía un mensaje institucional contundente: la lucha contra la corrupción no puede desarrollarse al margen de las garantías constitucionales.

El fallo refuerza la idea de que el Ministerio Público debe estructurar investigaciones con rigor técnico suficiente para superar el estándar constitucional de prueba. La gravedad de los delitos imputados no flexibiliza la exigencia probatoria ni debilita la presunción de inocencia, de acuerdo al TC.

En términos de Estado de derecho, la decisión consolida el papel del Tribunal Constitucional como garante de las reglas del proceso y no como tribunal de oportunidad política.

El caso Odebrecht, uno de los procesos penales más relevantes de las últimas décadas en el país, culmina así con una sentencia que reafirma que la justicia penal dominicana sigue atada a los principios del debido proceso.

En la reafirmación del Estado de derecho, la decisión indica que sin prueba robusta y directamente vinculante, no hay condena posible, y sin respeto estricto a las garantías, no hay legitimidad institucional.

ÚLTIMAS NOTICIAS


DNCD en Operación LM2 apresa presunto líder de red de narcotráfico y ocupan 168 paquetes de cocaína a El Viajero, líder de la organización

Obispo Jesús Castro Marte pide intervención PN ante células criminales en Boca Chica

Senado reconoce trayectoria pastoral de monseñor Ramón Benito de la Rosa y Carpio

Gobierno inicia pasos para instalar puertos secos en cuatro provincias fronterizas; Canciller Ito Bisonó encabezó primera reunión

Presidente Abinader dice RD negocia con EE. UU. sobre decreto protege producción de arroz

En Feria de Paris RD fortalece conectividad con Europa; mercado francés muestra evolución positiva

Animales sueltos ponen en riesgo a conductores en la carretera Montellano-Sosúa

COE eleva a amarilla la alerta para Santo Domingo y el Distrito Nacional por lluvias

Muere presunto delincuente tras enfrentamiento con agentes del Dicrim en Santiago

Suprema Corte deja firme condena contra Jean Alain Rodríguez por daños a Marino Zapete

Prisión preventiva para pastor acusado de maltratar a 13 menores en Bajos de Haina

Apresan en Azua a hombre acusado de causar la muerte de su pareja en San Carlos

DGCP suspende de forma cautelar el registro de cuatro empresas

Parámetro Nacional

Cualquier medio informativo, radial, escrito o televisado puede reproducir total o parcialmente cualquier noticia, comentario u otro texto publicado por ParamentroNacional.com, siempre y cuando dé el correspondiente crédito a este medio.
Una producción de Servicios de imagen, Información, Relaciones Públicas y Prensa (SIRPRENSA).

  • Acceso
  • Términos & condiciones
  • Contacto

Copyright © 2020-2024 SIRPRENSA | Derechos Reservados | Desarrollado por EVOLDESIGN NETWORK, SRL..

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Nacionales
  • Internacionales
  • Política
  • Deportes
  • Economía
  • Actualidad
  • Arte y Cultura
  • Justicia
  • Policiales
  • Salud
  • Tecnología
  • Denuncias
  • Opinión
  • Editorial

Copyright © 2020-2024 SIRPRENSA | Derechos Reservados | Desarrollado por EVOLDESIGN NETWORK, SRL..