SANTO DOMINGO.– La Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip), advirtió que el nuevo Código Penal dominicano que entra en vigencia el próximo 6 de agosto, podría abrir una etapa de alta presión legal para las clínicas privadas y los hospitales del país.
La entidad sostuvo que la Ley 74-25, Orgánica del Código Penal de la Republica Dominicana, puede hacer que responsabilidades derivadas de actuaciones médicas individuales terminen recayendo sobre las empresas de salud, especialmente cuando se aleguen fallas de dirección, control o supervisión.
Ante ese escenario, ANDECLIP pidió al Congreso Nacional aprobar una disposición transitoria autoejecutable que suspenda la entrada en vigor de la norma en el ámbito médico-asistencial.
La Asociación Nacional de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip), la preside el veterano médico pediatra, doctor Rafael Mena».
«La propuesta consiste en una vacatio legis especial de 12 meses adicionales al plazo ya previsto por la Ley 74-25. El objetivo, según el gremio, es dar tiempo para crear guías, protocolos y criterios objetivos que permitan evaluar cuándo una empresa médica puede ser penalmente responsable».
“Esta prórroga transitoria proveerá el tiempo técnico indispensable para el diseño de un modelo gremial de compliance médico-legal que opere como un puerto seguro en la persecución penal y sirva de mapa de ruta para las investigaciones de los fiscales”, explicó ANDECLIP en un comunicado difundido entre sus miembros.

La asociación expresó “profunda alarma” por el posible impacto del nuevo Código Penal en el ejercicio de la medicina. A su juicio, el acto médico no puede ser evaluado únicamente por el resultado final, porque está condicionado por la ciencia, la disponibilidad de recursos y los riesgos propios de cada caso clínico.
“Sostenemos que el acto médico es una obligación de medios regida por la ciencia, caracterizada por un riesgo clínico inherente que no se puede suprimir en su totalidad”, señaló el gremio.
ANDECLIP cuestionó que una clínica pueda ser sancionada con clausura temporal o definitiva por incidentes clínicos individuales. Según la entidad, una medida de ese tipo podría afectar el principio de personalidad de las penas y el debido proceso.
El gremio agregó que cerrar o suspender la operación de un centro de salud no solo impactaría a la empresa, sino también a los pacientes. En especial, advirtió que podría interrumpir servicios de emergencia, soporte vital y atención continua.
“Calificar penalmente decisiones clínicas complejas, tomadas bajo condiciones de extrema emergencia y escasez de recursos, destruirá la relación médico-paciente y forzará al sector a una medicina defensiva”, afirmó la entidad.
La organización insiste en que cualquier atribución de responsabilidad penal a clínicas y hospitales por hechos cometidos por subordinados debe basarse en criterios técnicos, científicos y jurídicos claros.
A su entender, aplicar la ley sin esos lineamientos puede generar inseguridad jurídica y desestabilizar la red hospitalaria nacional.
ANDECLIP asegura que las clínicas privadas trabajan para proteger vidas y pidió que el marco penal garantice condiciones adecuadas para ejercer la medicina con seguridad jurídica, sin una amenaza permanente de judicialización selectiva o arbitraria.
La base legal revisada corresponde a la Ley 74-25, Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, en especial los artículos sobre responsabilidad penal de personas jurídicas, programas de cumplimiento, sanciones aplicables y entrada en vigencia.
También se tomaron como referencia publicaciones recientes sobre la preocupación del sector médico ante el nuevo Código Penal y análisis jurídicos sobre el impacto de la Ley 74-25 en centros de salud.



